Diccionario
Diccionario de alquileres
Los términos que aparecen en un contrato de alquiler, explicados en simple y con el artículo de la ley que los define.
- Canon locativoEs el precio del alquiler: la suma periódica que el inquilino paga al propietario por usar el inmueble.
- Carta documentoComunicación por correo que deja constancia de la fecha y el contenido. Se usa para intimar pagos o notificar la rescisión.
- Continuador de la locaciónPersona que convivía con el inquilino con trato familiar y puede seguir el contrato si él lo abandona o fallece.
- Depósito en garantíaSuma que entrega el inquilino al inicio y se le devuelve al final si no hay deudas ni daños. Desde el DNU 70/2023 no tiene tope.
- DesalojoAcción judicial para recuperar el inmueble. Por falta de pago en vivienda, exige una intimación previa de al menos 10 días.
- DNU 70/2023Decreto que derogó la Ley de Alquileres 27.551 y dejó libres el plazo, el índice de ajuste, la moneda y el depósito.
- Expensas ordinarias y extraordinariasGastos del edificio en propiedad horizontal. En el alquiler, por el texto vigente, las extraordinarias son del propietario.
- Fiador (garante)Persona o empresa que se obliga a pagar si el inquilino no cumple. Su obligación cesa al vencer el contrato.
- Fianza comercialFianza otorgada por una empresa que se constituye en fiadora del inquilino a cambio de un pago, en reemplazo de la garantía propietaria.
- Garantía propietariaGarantía en la que un tercero con un inmueble a su nombre firma el contrato como fiador del inquilino.
- ICL (Índice para Contratos de Locación)Índice que publica el BCRA, formado en partes iguales por la inflación (IPC) y los salarios (RIPTE), usado para ajustar alquileres.
- IPC (Índice de Precios al Consumidor)Índice de inflación que publica el INDEC. En alquileres se usa para ajustar el precio acumulando la inflación mensual del período.
- Locador y locatarioEl locador es quien da el inmueble en alquiler (el propietario) y el locatario es quien lo alquila (el inquilino).
- MejorasObras que el inquilino hace en el inmueble. Están permitidas salvo prohibición, pero solo se reclama el valor de las necesarias.
- Principal pagador (fiador solidario)Fiador que responde como deudor solidario: el propietario le puede reclamar directamente, sin ir primero contra el inquilino.
- Rescisión anticipadaDerecho del inquilino a terminar el contrato antes del plazo. Con el DNU 70/2023, pagando el 10% del alquiler futuro.
- Seguro de cauciónSeguro emitido por una aseguradora supervisada por la SSN que garantiza al propietario el cumplimiento del inquilino, según cada póliza.
- Sublocación y cesiónSublocar es alquilar a un tercero una parte del inmueble; ceder es transferir el contrato. Tienen reglas y límites distintos.
Definiciones según el Código Civil y Comercial vigente (texto de InfoLeg), el DNU 70/2023 y las leyes 27.551 y 27.737, relevados el 7/10/2026. Información general; no reemplaza el asesoramiento de un abogado.
