← Diccionario de alquileres
Expensas ordinarias y extraordinarias
Gastos del edificio en propiedad horizontal. En el alquiler, por el texto vigente, las extraordinarias son del propietario.
Las expensas ordinarias son los gastos de administración y de reparación o sustitución de las cosas comunes necesarios para mantener el edificio; las extraordinarias son las que dispone la asamblea por resolución (art. 2048 del Código Civil y Comercial).
En el alquiler, el texto vigente del art. 1209 dice que el inquilino no tiene a su cargo las expensas comunes extraordinarias, y que solo se le pueden cargar las que deriven de gastos habituales.
Norma: Arts. 1209 y 2048 del Código Civil y Comercial. Texto vigente relevado el 7/10/2026.
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