Sumar ingresos para alquilar
Se pueden sumar los ingresos de dos o más personas que alquilan juntas. Si quien alquila estudia, se evalúan los de un padre o una madre. Es una regla de Garantech, no del Código.
Lucas Díaz15 de octubre de 2026 · 5 min de lectura
Se pueden sumar los ingresos de dos o más personas que alquilan juntas. Es una regla de evaluación de Garantech, confirmada el 7/10/2026, no un artículo del Código. Si quien alquila estudia, se evalúan los ingresos de un padre o una madre como co-solicitante.
Qué casos publica el sitio
| Caso | Qué está publicado |
|---|---|
| Dos o más personas que alquilan juntas | Se pueden sumar los ingresos. La página está en alquiler compartido. |
| Estudiante | Se evalúan los ingresos de un padre o una madre como co-solicitante. Garantía para estudiantes. |
| Extranjero | Hace falta DNI argentino, de residencia temporaria o permanente. No es una regla para sumar ingresos. Garantía para extranjeros. |
Sumarlos no promete la aprobación. Está sujeta a una evaluación crediticia y de riesgo, así que no todas las solicitudes se aprueban. Si no cierra, te lo comunicamos sin costo y no quedás obligado a nada.
Si el grupo no entra en estos casos, consultanos, sin prometer la aprobación.
El propietario no está obligado a aceptar la garantía
Que Garantech evalúe ingresos sumados no obliga al propietario a aceptar la garantía. El art. 958, sustituido por el art. 252 del DNU 70/2023, dice que las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley o el orden público. Las normas legales siempre son de aplicación supletoria a la voluntad de las partes expresada en el contrato, aunque la ley no lo determine en forma expresa para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y siempre con interpretación restrictiva.
El art. 1196, sustituido por el art. 255 del mismo decreto, no habla de ingresos. Las partes pueden determinar libremente las cantidades y la moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación. Las partes pactan libremente la periodicidad del pago, que no puede ser inferior a mensual.
El inquilino puede ofrecer una propietaria, una fianza, una caución o un aval. El menú legal era el art. 13 de la Ley 27.551. El art. 249 del DNU 70/2023 derogó esa ley. En el relevamiento del 4/10/2026, ninguna norma obliga al propietario a aceptar una garantía.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden sumar ingresos para alquilar?
Sí, si son dos o más personas que alquilan juntas. Es una regla de evaluación de Garantech, no un artículo del Código. Sumarlos no promete la aprobación. La página está en alquiler compartido.
¿Un estudiante puede sumar los ingresos de su padre o de su madre?
Se evalúan los de un padre o una madre como co-solicitante. En la comparación del sitio, con Garantech no hace falta un familiar dueño de una propiedad. La página está en garantía para estudiantes.
¿Qué papeles justifican esos ingresos?
El sitio publica cuatro perfiles, solo de persona física. Relación de dependencia, con antigüedad mínima de 6 meses. Monotributo, con antigüedad mínima de 12 meses. Responsable inscripto, con antigüedad mínima de 12 meses y como persona física. Jubilado o pensionado, con recibo de haberes. Los papeles de cada perfil están en requisitos de la garantía. El monotributo, aparte, está en alquilar siendo monotributista. Sumar ingresos no agrega, en el sitio, otra lista.
¿El propietario está obligado a aceptar la garantía?
No. En el relevamiento del 4/10/2026, ninguna norma lo obliga. El art. 958 deja a las partes fijar el contenido, dentro de los límites de la ley o el orden público, y trata a las normas como supletorias salvo que sean expresamente imperativas, siempre con interpretación restrictiva. El art. 1196 no habla de ingresos: deja libres las cantidades y la moneda de la fianza o del depósito, la devolución al finalizar la locación, y la periodicidad del pago, que no puede ser inferior a mensual. El menú legal era el art. 13 de la Ley 27.551. El art. 249 del DNU 70/2023 derogó esa ley.
¿Cuánto tarda la aprobación?
Evaluamos tu perfil y te damos una respuesta en menos de 48 hs desde que recibimos toda tu documentación completa. La aprobación sigue sujeta a la evaluación crediticia y de riesgo. Si no hay aprobación, te lo comunicamos sin costo y no quedás obligado a nada.
Si te piden una garantía para firmar, evaluamos tu perfil y te damos una respuesta en menos de 48 hs desde que recibimos toda tu documentación completa. Es una fianza de Garantech S.A., no un seguro. Cotizá tu garantía.
De dónde salen los datos
Sumar los ingresos de dos o más personas, el co-solicitante padre o madre, y el extranjero con DNI argentino de residencia temporaria o permanente salen de los casos especiales del sitio, confirmados el 7/10/2026. No son un artículo del Código. Los perfiles, la antigüedad y los papeles salen de esa misma ficha. La aprobación, el aviso sin costo y el plazo de menos de 48 hs salen del FAQ del sitio: las 48 hs corren desde que recibimos toda la documentación completa. Que no hace falta un familiar dueño de una propiedad sale de la comparación del sitio.
Los arts. 958 y 1196 se leyeron el 14/10/2026 en el Código Civil y Comercial en InfoLeg. El 958 está sustituido por el art. 252 del DNU 70/2023 y el 1196 por el art. 255. El art. 249 de ese decreto derogó la Ley 27.551. El menú de garantías era el art. 13 de esa ley, según el relevamiento del 4/10/2026: ninguna norma obliga al propietario a aceptar una garantía, y el inquilino puede ofrecer una propietaria, una fianza, una caución o un aval. Que es una fianza de Garantech S.A. y no un seguro sale del FAQ y del aviso legal del sitio. Si una norma cambia, actualizamos la nota. Es informativa y no reemplaza el asesoramiento de un abogado.
