Qué es un seguro de caución para alquilar y en qué se diferencia de una fianza
El seguro de caución es una de las formas de garantizar un alquiler sin garante propietario. Cómo funciona, qué cambió en la regulación y cómo se compara con una fianza.
Lucas Díaz5 de octubre de 2026 · 7 min de lectura
Un seguro de caución para alquiler es una póliza que emite una aseguradora: el inquilino la contrata (es el "tomador"), el propietario es el asegurado, y si el inquilino no paga, la aseguradora le paga al propietario y después le reclama la deuda al inquilino. Es un contrato de seguro regido por la Ley 17.418, y solo pueden emitirlo aseguradoras autorizadas y supervisadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (Ley 20.091).
Ojo con la letra chica: ya no hay una póliza única
Hasta 2025 existía una póliza-tipo uniforme para caución de alquileres (Resolución SSN 376/2020, dictada bajo la vieja ley de alquileres). La Resolución SSN 384/2025 la derogó: desde julio de 2025 cada aseguradora registra su propio plan ante la SSN. Traducción práctica: dos cauciones pueden cubrir cosas distintas — qué conceptos entran (alquiler, expensas, servicios), con qué topes y con qué procedimiento de cobro depende de cada póliza. Antes de firmar, pedí las condiciones y leelas.
Caución vs. fianza comercial
La otra gran familia de garantías sin garante es la fianza comercial: una empresa (como Garantech) firma el contrato como fiadora bajo el régimen de fianza del Código Civil y Comercial (arts. 1574 y siguientes) y responde ante el propietario si el inquilino incumple. Se parecen en el resultado — alquilás sin garante propietario — pero funcionan distinto:
| Seguro de caución | Fianza comercial | |
|---|---|---|
| Quién responde | Una aseguradora (póliza) | Una empresa que firma como fiadora en el contrato |
| Marco legal | Ley 17.418 + supervisión SSN | CCyC, arts. 1574 y ss. (contrato de fianza) |
| Cobertura | La que diga cada póliza (desde 2025 no hay condiciones uniformes) | La que diga el contrato de garantía; en Garantech, alquileres impagos sin tope hasta la restitución, expensas, servicios y más |
| Costo de mercado | 3% a 7% del total del contrato (relevamiento oct-2026) | Según la empresa; en Garantech, entre 1 y 2 meses de alquiler, pago único financiable |
| Y después del impago | La aseguradora le reclama al inquilino según la póliza | La fiadora se subroga por ley (art. 1592 CCyC) y acuerda el repago con el inquilino |
En los dos casos vale lo mismo: la garantía no te regala el alquiler — si el garante paga por vos, la deuda sigue siendo tuya. Lo que cambia es que el propietario cobra rápido y vos resolvés tu deuda con la empresa, no con un juicio del dueño.
Cuándo conviene cada una
- Caución: si el propietario o la inmobiliaria la piden expresamente, o si ya trabajás con una aseguradora que te cotiza bien.
- Fianza comercial: si querés velocidad y trámite online (en Garantech la aprobación demora menos de 48 hs y todo el proceso es digital), o si el propietario valora una cobertura sin tope en alquileres impagos.
- En cualquier caso, compará el costo total: mirá cuánto cuesta una garantía de alquiler y la comparación completa caución vs. fianza.
Preguntas frecuentes
¿Qué requisitos piden para un seguro de caución?
Depende de la aseguradora, pero en general: identidad, ingresos demostrables en relación al alquiler y evaluación crediticia. Sancor, por ejemplo, declara pedir un año de antigüedad laboral y los últimos recibos de sueldo (sitio propio, oct-2026).
¿El seguro de caución devuelve la plata si no pasa nada?
No. Como toda garantía paga, es un servicio por el riesgo que la aseguradora asume durante el contrato; no es un depósito.
¿La caución cubre expensas y servicios?
Depende de la póliza. Desde la Resolución SSN 384/2025 no hay cobertura mínima uniforme: pedí el detalle por escrito antes de contratar.
De dónde salen los datos
Las reglas legales de esta nota salen del texto de las normas vigentes al 4/10/2026: el DNU 70/2023, el Código Civil y Comercial (texto actualizado en InfoLeg) y las normas locales que se citan en cada sección. Si una ley cambia, actualizamos la nota. También: Resolución SSN 384/2025, Ley 17.418 y Ley 20.091. Los precios de mercado son el relevamiento público de octubre de 2026 citado en la nota de costos.
